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Bono Post Laboral 2023: Averigua los requisitos, monto y cómo solicitarlo

Los pensionados que hayan trabajado en el sector público tienen derecho a este bono que se entrega mensualmente y de por vida.

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Bono Post LaboralA través de la AFP o Compañía de Seguros en la que se encuentra el afiliado, los ex empleados del sector público reciben mensualmente el Bono Post Laboral y la Pensión de Vejez.

Es un aporte dado a lo largo de la vida que no está sujeto a impuestos ni cuenta como pago o ingreso.

¿A quién se le da el Bono Post Laboral?

Podrán solicitar el bono los funcionarios públicos afiliados a AFP que laboren en las siguientes Secretarías de Estado, según lo dispuesto por la Superintendencia de Pensiones.

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales
  • Contraloría General de la República
  • Consejo Nacional de Televisión
  • Consejo Superior de Educación
  • Dirección General de Aeronáutica Civil
  • FONADIS
  • SERCOTEC
  • CONAF

Requisitos para el Bono Post Laboral

Para recibir el monto se necesita cumplir con las siguientes condiciones que exige el estado:

  • Estar afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP)
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez

¿Cuánto debo esperar obtener?

El Bono Post Laboral para 2023 es de $90,877 y se ajusta anualmente de acuerdo con el IPC.

La Tesorería General de la República ha informado que este valor tiene las propiedades de no ser gravable, no constituir remuneración, renta ni renta para ningún efecto legal, y tener la característica de que el derecho a solicitarlo o recibirlo caduca con la muerte del beneficiario.

¿Cómo solicitó el bono?

Una vez cumplida la edad legal de jubilación, los funcionarios públicos disponen de un año para solicitar la prestación. La solicitud debe hacerse a la oficina superior de la organización o servicio donde están trabajando.

Corresponderá entonces a la Superintendencia de Pensiones determinar la tasa de reemplazo a solicitud del organismo empleador del funcionario.

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