Martes, Abril 30, 2024
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Canal de televisión de pago fue multado tras emitir película para adultos en horario de protección

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la decisión de CNTV.

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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la apelación presentada contra una sanción impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a un canal de televisión paga, que fue sancionado por exhibir durante un tiempo una película para adultos.

La sanción impuesta por el CNTV a la empresa DirecTV Chile Televisión Limitada con 21 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), más de $1.300.000, fue aprobada por unanimidad por la Sala Octava del tribunal.

Según la sentencia del tribunal, la normativa pertinente cubre el núcleo de la conducta prohibida. Aunque las reglas se expresan con frecuencia en términos generales, es responsabilidad del intérprete darles un contexto basado en circunstancias cambiantes y valores sociales que cambian rápidamente.

El tribunal también destaca que el contenido de la película es innegable y que fue clasificada R para un público adulto. Sin embargo, la “formación espiritual e intelectual de niños y jóvenes” fue violada porque la transmisión se realizó en un horario protegido para niños y adolescentes (NNA).

La resolución enfatiza que la intención del emisor es irrelevante en esta situación porque violó las leyes y normas que exigen el respeto a los intereses de niños y adolescentes. La decisión se fundamenta en la exigencia de salvaguardar la integridad física y psicológica de niños, niñas y adolescentes y garantizar su sano desarrollo.

El tribunal llegó a la conclusión de que las acciones de la empresa de televisión no se ajustaban a las normas y reglamentos. Una responsabilidad fundamental de quienes ocupan cargos públicos o supervisan recursos con misión social es proteger el bienestar físico y psicológico de niños, niñas y adolescentes.

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