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Préstamo Solidario del Estado 2021: Revisa cómo postular al crédito de $650 mil

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Préstamo

El préstamo solidario del Estado es una ayuda que ofrece el Gobierno para aquellos trabajadores que hayan enfrentado una disminución superior al 10% de sus ingresos formales. Ante esto podrán acceder a un préstamo en Unidades de Fomento (UF) que se devolverá en cuatro cuotas anuales y sucesivas, sin multas ni intereses.

¿A quien va dirigida esta ayuda?

  • Trabajadores y trabajadoras dependientes e independientes y empresarios o empresarias individuales, que hayan experimentado una disminución de, al menos un 10%, en sus ingresos formales.
  • También podrán acceder pensionados y pensionadas de vejez e invalidez de renta vitalicia con un monto igual o inferior a $408.125, quienes podrán solicitarlo hasta tres veces con un monto que será, como máximo, el mismo que reciben mensualmente como pensión.
  • En el caso de las funcionarias y los funcionarios públicos, se considerará su ingreso promedio anualizado para la estimación de la caída de este.

¿Qué necesito para hacer el tramite?

No es necesario ningún documento. Sin embargo, para realizar el trámite en línea debe tener clave tributaria del SIIClaveÚnica.

¿Cuántas veces puedo solicitar el préstamo?

  • El trabajador o trabajadora podrá solicitar dos veces el préstamo y, de no haber recibido el Bono Clase Media, podrá pedirlo tres veces.
  • El crédito tendrá un año de gracia y se pagará en cuatro cuotas anuales y sucesivas (a partir de 2023), sin multas ni intereses, que no excederán el 5% de los ingresos anuales.
  • Para acreditar la caída de ingresos se tomará en cuenta el promedio entre el segundo semestre de 2019 y el segundo semestre de 2020.

Información importante:

  • La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres cuotas, al 30%. Sin embargo, cada cuota anual no podrá exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.
  • En el caso de los pensionados o pensionadas, el préstamo deberá ser devuelto a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses, las que no podrán exceder el 5% del monto de la pensión.
  • Para los pensionados o pensionadas de rentas vitalicias, será la Aseguradora de Fondos de Pensión u el organismo pagador quien deberá retener del monto de esta renta el valor de la cuota correspondiente. El Servicio de Impuestos Internos notificará a la Aseguradora de Fondos de Pensión u el organismo pagador la información necesaria para efectos de cumplir con la retención.

¿Cómo postular al beneficio?

El Préstamo Solidario se podrá solicitar en la web del Servicio de Impuestos Internos, a contar del octavo día de cada mes, es decir, el 8 de mayo el SII habilitará la página para hacer la solicitud.

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