
Con más de dos tercios de los votos, la nueva disposición se añadirá al próximo texto constitucional. El artículo también establece que el Estado deberá contar con un instrumento jurídico, para la restitución, reparación y regularización de tierras a los pueblos indígenas.
“De conformidad con la Constitución y la ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho al uso de los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y son indispensables para su existencia colectiva”, dice el artículo.
Junto con la declaración constitucional de Chile como Estado Plurinacional, este artículo a favor de las tierras ancestrales es uno de los logros más importantes de los pueblos indígenas dentro del cuerpo constituyente.
Otro tema aprobado el miércoles fue la debida compensación por las tierras expropiadas por intereses nacionales.
La convencional Natividad Llanquileo dijo que los logros del miércoles han sido “hechos por los diferentes pueblos originarios, fue planteado y trabajado por los diferentes grupos para lograr las dos terceras partes”.
“Fue un trabajo muy consensuado, muy difícil también porque sabemos que este tipo de normas no son fáciles”, agregó.
Isabel Godoy, del pueblo Colla, dijo “no ha sido fácil para los pueblos indígenas. Aquí todos los pueblos han sido invisibilizados, nuestros territorios han sido controlados; han sido privatizados. Y hoy vemos la oportunidad de que se reciba a tiempo una norma que garantice la recuperación de nuestras tierras, de nuestros territorios”.


